El President Puig y la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, María José Salvador, han presentado el anteproyecto de Ley por la Función Pública de la Vivienda de la Comunitat Valenciana, que está previsto que se apruebe este miércoles, 16 de marzo, por Pleno del Consell.
Se trata de la primera ley del nuevo Consell. El objetivo de esta ley, que estará dotada con 20 millones de euros anuales, es, como ha explicado la consellera, «hacer efectivo el derecho a una vivienda asequible, digna y adecuada y dar respuesta a la demanda ciudadana al generar políticas públicas de vivienda y ampliar el parque público, así como evitar, en la medida de las competencias de la Generalitat, los desahucios de los sectores más desfavorecidos de nuestra sociedad». «Será un instrumento de transformación para consolidar una sociedad más inclusiva, más justa y más equitativa», ha destacado Salvador.
Derecho subjetivo al acceso a una vivienda asequible, digna y adecuada
El texto reconoce el derecho subjetivo al acceso a una vivienda asequible, digna y adecuada a aquellas personas que se han visto afectadas por un desahucio o por impago del alquiler y que cumplen los requisitos de la ley. Además, este derecho será exigible ante la Administración, y dispondrá de las garantías de reclamación previstas en el ordenamiento jurídico.
Para garantizar el derecho a la vivienda, el anteproyecto establece que la Generalitat dotará a los presupuestos de fondos económicos para consolidar, ampliar y mejorar el parque público de viviendas. La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio deberá, en un plazo máximo de dos años, desarrollar un plan plurianual de rehabilitación y ampliación del parque público, que incluirá también la adaptación de un 10% de las viviendas para personas con diversidad funcional.
Medidas contra los procesos de desahucio
Ante procesos de desahucio de vivienda habitual, por imposibilidad de hacer frente al pago de las cargas hipotecarias o de alquiler, se pondrán en marcha medidas que posibiliten la continuidad en el inmueble, aunque estas medidas, como se solapan con otras adoptadas por la legislación estatal (Ley de segunda oportunidad), se podrán aplicar cuando acabe su vigencia en mayo de 2017 o se derogue la ley.
En este sentido, las medidas contemplan que se dé por finalizado el contrato de compraventa y se cree una nueva obligación mediante un alquiler en opción a compra que evite el desahucio de la vivienda habitual de aquellas personas que se encuentran en situación de emergencia social.
En estos casos, la Generalitat aplicará un alquiler social durante tres años, que no podrá superar el 25% de los ingresos de la unidad familiar salvo los casos en los que los inquilinos no se puedan hacer cargo. Una vez finalizado el plazo se podrá ampliar por dos años más a cargo del inquilino o bien optar a la compra.
Sin embargo, solo en el caso de que la entidad financiera se niegue a formalizar un contrato de alquiler en opción a compra y, por tanto la vivienda habitual se quedue sin ocupantes, la Generalitat podrá iniciar un procedimiento expropiatorio a la entidad financiera por interés social y necesidad de ocupación, por un plazo máximo de tres años que podrá poner a disposición de sus ocupantes.
Por otro lado, la Generalitat suscribirá convenios de colaboración para incrementar la oferta de viviendas y dar respuesta de alojamiento a personas o familias en situación de vulnerabilidad y apostará por un modelo descentralizado en las políticas de vivienda con el que incentivará a los entes locales para que se impliquen y suman esfuerzos.
Movilización de las viviendas vacías
La Ley prevé que la Administración actúe para evitar la prolongada desocupación de las viviendas de manera injustificada para poder satisfacer las necesidades habitacionales, sobre todo, de los colectivos con mayor vulnerabilidad. Hay que recordar que el 15% de las viviendas de toda la Comunidad Valenciana están vacías, según las estadísticas oficiales del Instituto Nacional de Estadística, lo que supone unas 500.000.
Por ello, se establecerán diferentes registros como el Registro de Viviendas Vacías donde se inscribirán todas aquellas viviendas declaradas deshabitadas por la administración mediante una resolución. También se creará el registro de Oferta y de Demanda donde los particulares que podrán inscribir voluntariamente sus inmuebles.
Según el texto legislativo, se considerará una vivienda vacía aquella que de manera continuada está deshabitado durante un periodo superior a dos años, solo afectará a los considerados grandes propietarios que tengan más de 10 viviendas, en ningún caso a los particulares. Además, quedan excluidos las viviendas destinadas a usos de segunda residencia, turísticos o de usos profesionales.
Medidas de fomento para ocupación de las viviendas
Para procurar que se cumpla la función social de la vivienda, las administraciones desarrollarán diversas medidas de fomento, como ayudas públicas para el alquiler para personas y unidades familiares con ingresos bajos donde el coste no supere el 30% de los ingresos. También ayudas para facilitar el acceso a la vivienda de varios colectivos y contra la pobreza energética, para garantizar los suministros básicos de luz, agua y gas.
Además se fomentará el alquiler con medidas de estímulo para que los propietarios privados ofrezcan en alquiler sus viviendas a personas y familias con dificultades para acceder a la oferta de vivienda (con ingresos inferiores a 4,5 IPREM). En estos casos, la Administración asegurará las viviendas frente a los riesgos que se puedan sufrir por la ocupación habitacional.
De igual manera se promoverá el alquiler solidario. Los propietarios privados podrán hacer una cesión de la vivienda a la Generalitat que dispondrá para su alquiler durante un período máximo de seis años. El propietario cobrará una renta a cambio de que su vivienda esté en condiciones y en uso, y la conselleria se encargará de realizar el estudio económico y la rehabilitación que repercutirá en el propietario.
Movilizar el máximo número de viviendas
El objetivo es movilizar el máximo número de viviendas posibles, sobre todo, del importante stock que está en poder de las entidades financieras, a fin de dar respuesta habitacional a las personas que más lo necesitan.
Si después de ofrecer las diferentes medidas de fomento los grandes propietarios de vivienda incumplen su obligación de función social de la vivienda, la Administración actuará mediante multas o sanciones. El objetivo es motivar a los grandes propietarios de viviendas y la finalidad no es recaudatoria sino incentivadora para el cumplimiento de las diversas obligaciones, los ingresos procedentes de las sanciones se destinarán a actuaciones en materia de vivienda.
Observatori de l’Hàbitat
Para garantizar el total cumplimiento de lo establecido por la ley y también hacer estudios y evaluaciones de la situación de la vivienda en la Comunidad se creará un ambicioso protocolo coordinado por l’Observatori de l’Hàbitat, en el que participarán organizaciones sociales y empresarios representativas de colectivos y agentes del ámbito de la vivienda en la Comunidad Valenciana, así como diferentes consejos municipales creados al efecto.