Fuente: Jesús F. Naranjo Leon. Publicado en el Diario Información 26 julio 2016
Estas son algunas observaciones que, a primera vista, se pueden hacer sobre el proceso de adjudicación de alquileres realizado por el Patronato de la Vivienda de Alicante.
1. Se abre un plazo de tan sólo un mes (en junio) para recoger las demandas de alquiler de vivienda social (se anuncia en el BOP, la web del Ayuntamiento, en la web de Guanyar y en prensa). Se resuelven las adjudicaciones de los alquileres quedando el resto de demandantes en lista de espera, salvo los excluidos (aquellas personas que no cumplían alguno de los requisitos; la mayoría por no llegar a unos ingresos mínimos de 0,5 veces el IPREM [IPREM en 2016 equivale a 532,51 €/mes], unos 266,25 €).
3. En principio no se tiene en cuenta la capacidad económica de los demandantes. Sólo parece valorarse en estos términos: «Serán excluidos aquellos que por sus signos externos de alta capacidad económica, debidamente comprobados, no sean acreedores de ser beneficiarios de una vivienda pública». ¿Qué quiere decir esto? ¿Que si entregan la solicitud con un Rolex en la muñeca se comprobaría su capacidad económica?